Insolvencia y Liquidación

¿Qué es la insolvencia de persona natural no comerciante?

Es un procedimiento establecido en el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) que brinda a las personas naturales no comerciantes la posibilidad de reestructurar sus deudas mediante un acuerdo con sus acreedores, evitando así la ejecución de sus bienes.


Requisitos para acogerse al proceso

Para iniciar el proceso de insolvencia, el deudor debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Haber incumplido el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por un período superior a 90 días.
  • Las obligaciones vencidas deben representar al menos el 30% del total de las deudas del deudor.

Procedimiento del proceso de insolvencia

  1. Solicitud: El deudor presenta una solicitud ante un centro de conciliación autorizado, una notaría o una cámara de comercio.
  2. Audiencia de conciliación: Se programa una audiencia donde el deudor y los acreedores buscan llegar a un acuerdo de pago.
  3. Suspensión de procesos: Durante el proceso, se suspenden los procesos judiciales en contra del deudor y el cobro de intereses moratorios.
  4. Acuerdo de pago: Si se logra un acuerdo, este debe ser aprobado por al menos dos acreedores que representen más del 50% del capital de las deudas.
  5. Cumplimiento: El deudor debe cumplir con los términos del acuerdo. En caso de incumplimiento, se puede iniciar un proceso de liquidación patrimonial.

Beneficios del proceso

  • Protección legal: Se suspenden los procesos judiciales y embargos mientras dura el proceso.
  • Reestructuración de deudas: Permite negociar plazos y condiciones de pago más favorables.
  • Evita la pérdida de bienes: Al llegar a un acuerdo, se evita la ejecución de bienes del deudor.
  • Restablecimiento crediticio: Cumplir con el acuerdo puede mejorar el historial crediticio del deudor.

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